El Sistema Nacional de Categorías científicas y tecnológicas establece las categorías científicas y tecnológicas; las categorías tecnológicas incluyen las de Biotecnólogos y de Especialista en Procesos de Alta Tecnología.
A los efectos del presente Reglamento se consideran categorías superiores las de Investigador Titular, Investigador Auxiliar, Tecnólogo de Avanzada de Primer y Segundo Nivel, Biotecnólogo Superior I, II y III Nivel, Especialista en Procesos de Alta Tecnología de I y II; y las categorías inferiores las de Investigador Agregado y Aspirante a Investigador, Tecnólogo de Avanzada de Tercer Nivel, Tecnólogo Innovador y Especialista en Procesos de Alta Tecnología III.